La Ley 27610 tiene por objeto regular el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo (voluntaria o legal, según el caso) y a la atención postaborto.
Requisitos para acceder a la cobertura
Indicación /prescripción por médico tratante con diagnóstico del tipo de solicitud (IVE/ILE).
Información completa de la gestante (edad, condición de la solicitud, semanas de embarazo, otros).
Informe de ecografía ginecológica.
Vías de acceso para enviar la documentación
Los medios de contacto para el envío de una solicitud por Interrupción del embarazo (IVE-ILE)son a través de la APP Jerárquicos Móvil y el Sitio Web exclusivo para socios MI JS, sección autorizaciones.
Cobertura de interrupción voluntaria de embarazo (IVE):
La cobertura es hasta la semana 14 (inclusive) de gestación.
No requiere de causales.
Se accede a la prestación dentro de los 10 días corridos desde el momento de su requerimiento.
Cobertura de interrupción legal de embarazo (ILE):
La cobertura es a partir de la semana 15 de gestación.
Causales: Violación o Peligro de vida o de la salud de la persona gestante.
Aclaración:
Tanto en los casos de interrupción voluntaria como legal, es obligatoria la presentación del consentimiento informado.
En los casos de interupción legal, deberá presentarse la declaración jurada cuando exista una de las sisguientes causales:
- Violación (en el caso de mayores de 16 años). - Peligro de vida o de la salud de la mujer gestante.