ÓPTICA

La realización de lentes, ya sean aéreos como de contacto, no requiere autorización previa.

Modalidad Operativa

Para acceder a la cobertura de lentes sólo necesitás presentar, en cualquier óptica adherida, la orden del oftalmólogo junto con tu credencial. Es decir, las ópticas deberán proveerte un par de lentes aéreos o lentes de contacto sin costo, según el Plan de Salud que tengas. 

Además, la cobertura se hará considerando la fecha de prescripción de la prestación según el siguiente detalle:

-Planes PMI (PMI, PMI 2886, PMI soltero, PMI 2886 soltero, PMI Monotributo, PMI monotributo soltero, PMI Jubilado): un par de lentes cada 24 meses prestacionales.

-Planes PMI 2000 y PMI 3000 (PMI 2000, PMI 2886 2000, PMI Jubilado 2000, PMI Monotributo 2000, PMI 3000, PMI Jubilado 3000): un par de lentes cada 18 meses prestacionales.

Si deseás acceder a un producto diferente de los que te ofrece la óptica según tu cobertura, ya sea por elección de marca o por alguna especificación tecnológica en el cristal o en el marco, la diferencia de costo quedará a tu cargo, y ese valor te lo informarán en la óptica en el momento de la compra.

 

Aclaraciones: 

No se realizarán reintegros por lentes realizados en ópticas adheridas a nuestro Padrón de Prestadores.

En caso de que registremos dos o más consumos en el mismo período prestacional de cobertura, se generará un coseguro por el valor total, que se liquidará en tu cuenta corriente de Jerárquicos.

Consultá aquí el listado