NOTICIAS DESTACADAS

09-01-2023
INCREMENTO DEL SERVICIO DE SALUD Y NUEVA FÓRMULA DE ACTUALIZACIÓN DE CUOTAS
Informamos que la Superintendencia de Servicios de Salud ha publicado el nuevo Índice de Costos de Salud aprobado por la Resolución 1293/2022 del Ministerio de Salud que establece un incremento del 8.21% vigente a partir del 1 de febrero de 2023.

En el caso de nuestra Mutual, dicho porcentaje se aplicará en el Servicio de Salud como así también en el resto de los Servicios y otros conceptos adicionales según corresponda.

 

Asimismo, el Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto 743/2022 estableció una nueva fórmula de actualización de las cuotas que aplica únicamente a los Servicios de Salud, la cual tendrá vigencia a partir del 1 de febrero de 2023 y por los próximos 18 meses.

Este Decreto determina la aplicación de aumentos mensuales con porcentajes diferenciados para quienes tengan ingresos netos inferiores a 6 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.

A tener en cuenta:

  • Para quienes tengan ingresos netos inferiores a 6 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, el incremento del valor de la cuota será del 90% del Índice de RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) del mes inmediato anterior publicado. La Superintendencia publica mensualmente los Índices de Costo de Salud y de RIPTE en el siguiente link:

https://www.argentina.gob.ar/sssalud/transparencia-activa-superintendencia-de-servicios-de-salud/indice-de-costos-de-salud

 

  • Para acceder a ello deberán completar la “Declaración Jurada de Ingresos para Usuarios de Medicina Prepaga” mediante el aplicativo creado por la Superintendencia de Servicios de Salud a través del siguiente link: https://www.sssalud.gob.ar/misssalud/

 

  • Al momento realizar el trámite utilizando el aplicativo les solicitarán el CUIT de nuestra Mutual, debiendo indicar el siguiente: 30686955180 ASOCIACIÓN MUTUAL DEL PERSONAL JERARQUICO DE BANCOS OFICIALES NACIONALES, código: 310149.


  • La Declaración Jurada es de carácter personal y deberá completarse por cada Socio Titular todos los meses, del día 1 al 20, utilizando el Número de CUIL y Clave Fiscal.


  • Desde el 21 y hasta completar el mes, la Superintendencia pondrá a disposición de nuestra entidad la información correspondiente a cada Declaración realizada, y así podremos aplicar el porcentaje correspondiente a cada caso.